ÍNDICE
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1.- NOMBRE Y DIRECCIÓN
2.- DESCRIPCIÓN GENERAL: MISIÓN, MODELO Y FINES DE LA UNIVERSIDAD
3.- ORGANIZACIÓN
4.- CENTROS DOCENTES
5.- TITULACIONES OFERTADAS
6.- SOLICITUD DE ACCESO (PREINSCRIPCIÓN) CURSO 2005-06. INFORMACION GENERAL
6.1.- Preinscripción
6.2.- Requisitos
6.3.- Solicitud de preinscripción
6.4.- Recogida del sobre de preinscripción
6.5.- Calendario y lugar de entrega
6.6.- Lista de admitidos
6.7.- Reclamaciones
6.8.- Porcentajes de reservas especiales
6.9.- Traslado de expediente
6.10.- Plazo de matrícula para alumnos de nuevo ingreso
6.11.- Información
7.- MATRÍCULA DE 1º Y 2º CICLO
7.1.- Períodos de matrícula
7.2.- Matrícula de alumnos de nuevo ingreso
7.3.- Matrícula de alumnos que solicitan beca
7.4.- Anulación de matrícula
8.- NORMAS ACADÉMICAS. INFORMACIÓN GENERAL
8.1.- Convocatoria de exámenes
8.2.- Convocatoria especial de exámenes
8.3.- Convalidación/adaptación de estudios
8.4.- Reconocimiento de créditos
8.5.- Asignaturas optativas
8.6.- Asignaturas de libre elección
8.7.- Cambio de estudios
8.8.- Simultaneidad de estudios
8.9.- Regulación de la permanencia
8.10.- Expedición de títulos

 

 

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1.NOMBRE Y DIRECCIÓN
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UNIVERSIDAD DE ALCALÁ
Pza. San Diego, s/n
28801 Alcalá de Henares (Madrid)
91 885 40 00 - 902 010 555

ACCESOS
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Alcalá ciudad: desde Madrid hay varias alternativas, bien coger un tren del servicio de cercanías de las líneas C1, C2 y C7, bien haciendo uso del servicio de autobuses de la Continental (el número 223), o bien en coche cogiendo la Nacional II y tomando el desvío que se encuentra a la altura del Km. 23 hacia Loeches-Alcalá de Henares. Desde Guadalajara se puede acceder mediante tren, autobús (Número 221) o coche por la Nacional II en sentido Madrid.
Campus externo de Alcalá: la línea C2 que realiza el trayecto Madrid-Guadalajara, tiene una parada en “Alcalá Universidad”, apeadero que se encuentra muy cerca de las diferentes facultades. El autobús 227, que sale del intercambiador de Avenida de América, tiene parada en este recinto universitario. Asimismo, se puede acceder en coche por la ya mencionada Nacional II, tomando el desvío Hospital Universitario-Meco. Desde Guadalajara, la misma línea C2 , el autobús 221 y en coche por la Nacional II.
Campus de Guadalajara: desde Madrid (Chamartín, Nuevos Ministerio, Recoletos y Atocha) se puede coger la línea de cercanías C2 que nos lleva hasta Guadalajara capital, donde será preciso coger un autobús urbano, el 2 para el caso de Magisterio y para ir al Multidepartamental existe un servicio especial universidad y los autobuses 3.1 y 3.2. La empresa Continental flota autobuses hacia Guadalajara desde Madrid y desde Alcalá. En coche hay que tomar la Nacional II (Zaragoza-Barcelona) y salir en el desvío Guadalajara-Centro Ciudad. El edificio Multidepartamental se encuentra en la Plaza de Santo Domingo, C/ Cifuentes, nº28 y la Escuela de Magisterio está situada cerca del Palacio del Infantado.

 

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2.DESCRIPCIÓN GENERAL: MISIÓN, MODELO Y FINES DE LA UNIVERSIDAD
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Según los Estatutos de la Universidad de Alcalá:

Artículo 1. La Universidad de Alcalá

1. La Universidad de Alcalá es una Institución de derecho público encargada de la prestación del servicio público de la educación superior, que desarrolla mediante la investigación, la docencia y el estudio.

2. La Universidad de Alcalá goza de plena autonomía, de conformidad con el artículo 27.10 de la Constitución, la Ley Orgánica de Universidades (LOU) y demás disposiciones legales que le sean de aplicación, así como según lo dispuesto en los presentes Estatutos.

3. La Universidad de Alcalá, para el cumplimiento de sus fines y funciones, dispone de personalidad y capacidad jurídica plena, así como de patrimonio propio, que pondrá al servicio de los intereses generales de la sociedad y de la educación superior, de acuerdo con los principios y valores de libertad, igualdad de derechos y oportunidades, justicia, pluralismo y participación democrática. Además, someterá su gestión a los criterios superiores de respeto al medio ambiente, sostenibilidad en el uso de los recursos y solidaridad.

4. La Universidad de Alcalá, en la realización de sus actividades, se atendrá a los principios de legalidad, eficacia, eficiencia, transparencia, calidad y mejor servicio a la sociedad.

5. La Universidad de Alcalá se compromete a crear las condiciones necesarias que favorezcan el que sus miembros disfruten de un entorno de trabajo saludable en el que la dignidad de las personas se respete en todo momento y las relaciones laborales y profesionales sean enriquecedoras para el conjunto de la comunidad universitaria.

Artículo 5. Fines de la Universidad de Alcalá
Son fines de la Universidad de Alcalá:

a) La impartición de docencia superior, así como la consecución de una formación integral de sus miembros.
b) La creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia y la cultura.
c) La preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos, así como para la creación artística.
d) La difusión, valoración y transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de vida, y del desarrollo social y económico.
e) La difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación continua para el desarrollo personal y profesional.
f) La proyección internacional de la cultura española, para lo cual fomentará la colaboración a través del intercambio científico, técnico y cultural con instituciones y entidades nacionales y extranjeras, empleando como principios de actuación todos los que se encaminen a la consecución de la paz y la cooperación solidaria.
g) El fomento de las actividades físico-deportivas, a través de la extensión universitaria, como un factor esencial para la salud, el aumento de la calidad de vida y el desarrollo integral de la persona. h) La contribución efectiva al sistema educativo.
i) La promoción del desarrollo tecnológico, la transferencia de tecnología y la innovación como aplicación de los resultados de la investigación universitaria.


El objetivo fundamental de la Universidad de Alcalá es la prestación del servicio público de la educación superior a través de la docencia, de la investigación y de la extensión en nuestro entorno de la mejor cultura de nuestro tiempo.

La prioridad de nuestra institución son los estudiantes, a quienes pretendemos formar y no sólo informar, educar y no sólo instruir: los licenciados de Alcalá serán buenos profesionales y buenos ciudadanos. Para ello contamos con:

  • Un profesorado comprometido, que ha merecido una alta calificación en encuestas realizadas entre los estudiantes y que se prepara, mediante nuestros programas de formación permanente, para la acreditación europea.
  • Un personal de administración y servicios motivado, con gran experiencia y dedicación y que sabe que su misión es lograr una institución pública de calidad.
  • Una programación de la docencia novedosa entre las universidades, con los Cursos de Iniciación Universitaria o Cursos Cero, con Tutorías personalizadas para cada estudiante, con aulas modernas, número limitado de estudiantes por curso, 14 bibliotecas, numerosos laboratorios y todo un entramado de empresas e instituciones en las que realizar las prácticas.
  • Unas modernas instalaciones docentes, investigadoras y deportivas repartidas en tres campus: Alcalá ciudad, Científico-Técnico y Guadalajara.

La Universidad de Alcalá presta especial atención, como sus más preciadas señas de identidad:
  • A la enseñanza y cuidado de nuestra Lengua de los que es un símbolo el Premio Cervantes que anualmente entregan SS.MM los Reyes de España en el Paraninfo de Alcalá.
  • Al cultivo de nuestros lazos especialísimos con Latinoamérica gracias a nuestros cursos, centros especializados y particularmente las relaciones con el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP).
  • A la construcción de la Europa del conocimiento con los programas de armonización europea y Erasmus.
  • A la atención al patrimonio histórico, como corresponde a una Universidad que es Patrimonio de la Humanidad.
  • A la promoción del respeto al medio ambiente con experiencias novedosas como el Real Botánico Juan Carlos I o la oficina Ecocampus.
  • A la inserción de sus programas con el entorno de las tierras del Henares y Guadalajara así como con las empresas más innovadoras a través de su Parque Científico Tecnológico ubicado en nuestro Campus.
Ésta es nuestra misión. Éstos son nuestros compromisos.

 

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3.ORGANIZACION
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Órganos de gobierno colegiados:

  • Consejo Social
  • Claustro Universitario
  • Consejo de Gobierno
  • Junta Consultiva
  • Juntas de Facultad o Escuela
  • Consejos de Departamento

Órganos de gobierno unipersonales:

  • Rector

    -Rector-
    Virgilio Zapatero Gómez
    rector@uah.es
     
  • Vicerrectores

    -Vicerrectora de Docencia-
    Filomena Rodríguez Caabeiro
    vicer.docencia@uah.es

    -Vicerrector de Investigación-
    Eloy García Calvo
    vicer.investigacion@uah.es

    -Vicerrector de Departamentos-
    Fernando Galván Reula
    vicer.departamentos@uah.es

    -Vicerrector de Relaciones Internacionales-
    Juan Solozábal Pastor
    vicer.rrii@uah.es

    -Vicerrectora de Armonización Europea-
    Purificación Moscoso Castro
    vicer.armo@uah.es

    -Vicerrector de Campus y Calidad Ambiental-
    Antonio Gómez Sal
    vicer.campus@uah.es

    -Vicerrectora Adjunta de Extensión Cultural-
    Mª Dolores Cabañas González
    vicer.extension@uah.es

    -Vicerrector Adjunto de Estudiantes y Promoción-
    José Luis Lázaro Galilea
    vicer.estudiantes@uah.es

    -Vicerrector Adjunto de Postgrado, Enseñanzas no Regladas y Formación Continua-
    Jaime Contreras Contreras
    vicer.postgrado@uah.es
     
  • Secretario General

    -Secretario General-
    José María Espinar Vicente
    secre.gene@uah.es
     
  • Gerente

    -Gerente-
    Daniel Sotelsek Salem
    gerente@uah.es
     
  • Decanos de Facultad y Directores de Escuela

    -Facultad de Biología-
    Ricardo Paniagua Gómez-Álvarez
    decanato.biologia@uah.es

    -Facultad Ciencias Ambientales-
    Francisco Javier Salas Rey
    decanato.ambientales@uah.es

    -Facultad CC. Económicas y Empresariales-
    Tomás Mancha Navarro
    decanato.ciemp@uah.es

    -Facultad de Derecho-
    Diego M. Luzón Peña
    decano.derecho@uah.es

    -Facultad de Documentación-
    M. Pilar Lacasa Díaz
    decanato.documentac@uah.es

    -Facultad de Farmacia-
    Fidel Ortega Ortiz-Apodaca
    decanato.farmacia@uah.es

    -Facultad de Filosofía y Letras-
    Mercedes Bengoechea Bartolomé
    decanato.fyl@uah.es

    -Facultad de Medicina-
    José V. Saz Pérez
    decanato.medicina@uah.es

    -Facultad de Químicas-
    Juan J. Vaquero López
    decanato.quimica@uah.es

    -Escuela Técnica Superior de Arquitectura y Geodesia-
    M. Rosa Cervera Sardá
    earquitectura@uah.es

    -Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática-
    León Atilano González Sotos
    director.etsii@uah.es

    -Escuela Universitaria de Turismo-
    Carolina Jiménez González
    eu.deturismo@uah.es

    -Escuela Universitaria de Enfermería y Fisioterapia-
    Ángel L. Asenjo Esteve
    dir.enfermyfisiot@uah.es

    -Escuela Universitaria de Magisterio-
    José M. Sánchez Jiménez
    escuela.magisterio@uah.es

    -Escuela Universitaria Politécnica Superior-
    Francisco López Ferreras
    director.eps@uah.es

    -Escuela Universitaria de Estudios Empresariales-
    José M. Martín Bueno
    euempresa.guada@alcala.es

    -Escuela Universitaria de Arquitectura Técnica-
    Fernando Da Casa Martín
     
  • Directores de Departamento

    -Departamento de Anatomía y Embriología Humana-
    Luis Gómez Pellico
    departamento.anatomia@uah.es

    -Departamento de Arquitectura-
    Flavio Celis D´Amico
    dep.arquitectura@uah.es

    -Departamento de Automática-
    Sebastián Sánchez Prieto
    secre@aut.uah.es

    -Departamento de Biología Celular y Genética-
    Nicolás G. Jouve de la Barreda
    dep402@uah.es

    -Departamento de Zoología y Antropología Física-
    Gonzalo Pérez Suárez
    dpto.bioani@uah.es

    -Departamento de Bioquímica y Biología Molecular-
    Antonio Jiménez Ruiz
    depto.bioquimica@uah.es

    -Departamento de Ciencias Empresariales-
    Alejandro Larriba Díaz-Zorita
    dep405@uah.es

    -Departamento de Ciencias Sanitarias y Médico-Sociales-
    M. Teresa Alfonso Galán
    dep407@uah.es

    -Departamento de Ciencias de la Computación-
    Enriqueta Muel Muel
    ciencias.computacion@uah.es

    -Departamento de Cirugía-
    Pedro Carda Abella
    dep.cirugia@uah.es

    -Departamento de Derecho Privado-
    Ricardo Escudero Rodríguez
    dep408@uah.es

    -Departamento de Derecho Público-
    Alfonso C. Martínez García-Monco
    derecho.publico@uah.es

    -Departamento de Economía Aplicada-
    Rubén Garrido Yserte
    dpto.ecoap@uah.es

    -Departamento de Educación-
    Pedro M. Alonso Marañón

    -Departamento de Electrónica-
    Luis M. Bergasa Pascual
    dep430@uah.es

    -Departamento de Enfermería-
    M. Francisca Casas Martínez
    dpto.enfermeria@uah.es

    -Departamento de Especialidades Médicas-
    Julia Buján Varela
    departamento.espmed@uah.es

    -Departamento de Estadística, Estructura Económica y Organización Económica Internacional-
    Francisco J. Callealta Barroso
    dep436@uah.es

    -Departamento de Farmacia y Tecnología Farmacéutica-
    Josefa B. Escalera Izquierdo
    dep434@uah.es

    -Departamento de Farmacología-
    Francisco Zaragoza García
    dep441@uah.es

    -Departamento de Filología Moderna-
    Luis A. Lázaro Lafuente
    dpto.filmo@uah.es

    -Departamento de Filología-
    Antonio Alvar Ezquerra
    dep414@uah.es

    -Departamento de Física-
    Juan Sequeiros Ugarte
    dep415@uah.es

    -Departamento de Fisiología-
    Manuel Rodríguez Puyol
    dep416@uah.es

    -Departamento de Fundamentos del Derecho y Derecho Penal-
    Carlos García Valdés
    dep417@uah.es

    -Departamento de Fundamentos de Economía e Historia Económica-
    Inmaculada Cebrián López
    dep418@uah.es

    -Departamento de Geografía-
    Joaquñin Bosque Sendra
    dep419@uah.es

    -Departamento de Geología-
    M. Amelia Calonge García
    dpto.geolog@uah.es

    -Departamento de Historia y Filosofía-
    Serafín Vegas González
    dep421@uah.es

    -Departamento de Historia II-
    Antonio Martínez Ripoll
    dep422@uah.es

    -Departamento de Matemáticas-
    Rafael Sendra Pons
    dpto.matematicas@uah.es

    -Departamento de Medicina-
    Melchor Álvarez de Mon Soto
    dep410@uah.es

    -Departamento de Microbiología y Parasitología-
    Juan Soliveri de Carranza
    dep425@uah.es

    -Departamento de Nutrición y Bromatología-
    M. Carmen Martínez Para
    dep413@uah.es

    -Departamento de Química Inorgánica-
    Tomás Cuenca Agreda
    dep426@uah.es

    -Departamento de Química Analítica e Ingeniería Química-
    M. Soledad Vera López
    dep428@uah.es

    -Departamento de Química Física-
    Obis D. Castaño González
    dep433@uah.es

    -Departamento de Química Orgánica-
    M. Luisa Izquierdo Ceinos
    dep427@uah.es

    -Departamento de Ecología-
    José M. Rey Benayas
    ecologia@uah.es

    -Departamento de Teoría de la Señal-
    Manuel Rosa Zurera

     
  • Directores de Institutos Universitarios de Investigación

    -Instituto Universitario de Estudios Norteamericanos-
    Saturnino Aguado Sebastián
    info.iuen@uah.es
     

 

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4.CENTROS DOCENTES
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Facultades y Escuelas

  • Facultad de Biología
  • Facultad de Ciencias Ambientales
  • Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales
  • Facultad de Derecho
  • Facultad de Documentación
  • Facultad de Farmacias
  • Facultad de Filosofía y Letras
  • Facultad de Medicina
  • Facultad de Química
  • Escuela Técnica Superior de Arquitectura y Geodesia
  • Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática
  • Escuela Universitaria de Estudios Empresariales
  • Escuela Universitaria de Arquietctura Técnica
  • Escuela Universitaria de Enfermería y Fisioterapia
  • Escuela Universitaria de Magisterio
  • Escuela Universitaria de Turismo
  • Escuela Politécnica Superior

Centros Adscritos

  • Centro de Enseñanza Superior Luis Vives. Centro Privado
  • Escuela de Enfermería (SESCAM). Centro público
  • Escuela Universitaria Cardenal Cisneros

 

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5.TITULACIONES OFERTADAS
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Licenciaturas

  • Licenciado en Administración y Dirección de Empresas
  • Licenciado en Administración y Dirección de Empresas (CEU Luis Vives)
  • Licenciado en Biología
  • Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras
  • Licenciado en Ciencias Ambientales
  • Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte
  • Licenciado en Ciencias del Trabajo
  • Licenciado en Derecho
  • Licenciado en Documentación
  • Licenciado en Economía
  • Licenciado en Farmacia
  • Licenciado en Filología Hispánica
  • Licenciado en Filología Inglesa
  • Licenciado en Historia
  • Licenciado en Humanidades
  • Licenciado en Medicina
  • Licenciado en Psicopedagogía
  • Licenciado en Química

Arquitecturas e Ingenierías

  • Arquitecto
  • Arquitecto Técnico
  • Ingeniero en Geodesia y Cartografía
  • Ingeniero en Electrónica
  • Ingeniero en Informática
  • Ingeniero de Telecomunicaciones
  • Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas
  • Ingeniero Técnico en Informática de Gestión
  • Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electrónica Industrial
  • Ingeniero Técnico de Telecomunicaciones, especialidad en Sistemas Electrónicos
  • Ingeniero Técnico de Telecomunicaciones, especialidad en Sistemas de Telecomunicación
  • Ingeniero Técnico de Telecomunicaciones, especialidad en Telemática

Diplomaturas y Magisterios

  • Diplomado en Ciencias Empresariales
  • Diplomado en Educación Social (EU Cardenal Cisneros)
  • Diplomado en Enfermería
  • Diplomado en Enfermería (SESCAM)
  • Diplomado en Fisioterapia
  • Diplomado en Turismo
  • Diplomado en Turismo (CEU Luis Vives)
  • Maestro, especialidad Audición y Lenguaje (EU Cardenal Cisneros)
  • Maestro, especialidad Educación Especial (EU Cardenal Cisneros)
  • Maestro, especialidad Educación Física
  • Maestro, especialidad Educación Infantil
  • Maestro, especialidad Educación Musical
  • Maestro, especialidad Educación Primaria
  • Maestro, especialidad Educación Primaria (EU Cardenal Cisneros)
  • Maestro, especialidad Educación Extranjera
  • Maestro, especialidad Educación Extranjera (EU Cardenal Cisneros)

Doctorado

Másteres y Estudios Propios

Otros estudios

  • Diplomado en Ciencias Empresariales
  • Cursos de Español para Extranjeros
  • La Universidad Señor
  • Cursos de Verano
  • Cursos de Formación Ocupacional
  • ...

 

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6.SOLICITUD DE ACCESO (PREINSCRIPCION) CURSO 07/08.INFORMACION GENERAL
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6.1.PREINSCRIPCION

Es la solicitud de plaza para el ingreso en las Universidades del Distrito Único de Madrid (Universidad de Alcalá, Autónoma, Complutense, Politécnica, Carlos III y Rey Juan Carlos de Madrid).

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6.2.REQUISITOS

Cualquier alumno con independencia de su residencia siempre que cumpla los requisitos académicos previstos en la normativa vigente.

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6.3.SOLICITUD DE PREINSCRIPCION

Se deberá cumplimentar una única solicitud de preinscripción en la que se relacionarán, por orden de preferencia , todos los estudios universitarios a los que se desea acceder teniendo en cuenta:

  • Que una vez entregada la solicitud de preinscripción no podrán realizarse en ningún caso, cambios en el orden de preferencia
  • Si se presentara más de una solicitud se anulará todas ellas.
  • Aquellos alumnos que puedan solicitar estudios universitarios por varios grupos de acceso (general o porcentaje de reserva) podrán hacer uso de dicha posibilidad , en el momento de realizar la preinscripción, optando por uno de ellos.

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6.4.RECOGIDA DE LAS SOLICITUDES (SOBRES)

Alumnos que se examinan de Selectividad en Junio o Septiembre del presente curso académico; se les entregará el sobre con toda la documentación durante los días que se celebren los exámenes.

El resto de alumnos, podrán recoger el sobre a partir del día 14 de junio en la Secretaría de Alumnos de la Facultad de Derecho. (C/Libreros,17) Al recoger el sobre se indicará día y hora para formalizar la entrega de la preinscripción .

En cuanto a los alumnos que no residen en el Distrito de Madrid podrán acceder a la documentación necesaria a través de la página web de la Universidad de Alcalá.

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6.5.FECHAS DE ENTREGA

En la Universidad de Alcalá formalizarán la preinscripción los alumnos procedentes de Centros de Secundaria adscritos a ésta Universidad. La entrega de la solicitud se realizará en la Facultad de Derecho(C/ Libreros, 17), durante los siguientes plazos:

  • FASE DE JUNIO
    Del 14 de junio al 2 de julio
  • Alumnos con la Selectividad superada en años anteriores (salvo los que se presenten a subir nota).
  • Alumnos con COU anterior al curso 1974/75.
  • Alumnos con estudios de FP II, Módulo Nivel III y Ciclos Formativos superados en la convocatoria de Junio.
  • Alumnos titulados universitarios.
  • Alumnos con la Selectividad superada en la convocatoria de junio del año 2004 (estos alumnos podrán realizar la preinscripción por Internet).
  • Alumnos que obtengan una titulación universitaria en la convocatoria de junio del año 2004.
     
  • FASE DE SEPTIEMBRE
    Del 22 al 30 de septiembre
  • Alumnos que superen la Selectividad en la convocatoria de septiembre del año 2004.
  • Alumnos con COU sin selectividad (años 1975 a 2004).
  • Alumnos con estudios de FP II, Módulo Profesional de Nivel III y Ciclos Formativos superados en la convocatoria de septiembre de 2004.
  • Alumnos que deseen simultanear estudios.

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6.6.LISTA DE ADMITIDOS

Los listados de admitidos de la fase de junio se harán públicos el día 16 de julio a partir de las 14,30 horas y los de la fase de septiembre el día 15 de octubre en los tablones de la Facultad de Derecho.

Las listas de los alumnos admitidos en los centros universitarios del Distrito Único de Madrid se podrán consultar en la dirección "www.uah.es" de INTERNET.

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6.7.RECLAMACIONES

Los alumnos que hayan solicitado un estudio y no les haya sido concedido podrán ejercer el derecho a reclamar en el plazo comprendido entre el 19 y 21 de julio, para la fase de junio, y del 15 y 18 de octubre para la fase de septiembre. Deberán presentar su reclamación, en el modelo que se facilita en el Centro de Información de esta Universidad, y entregarla en el Registro General.

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6.8.PORCENTAJE DE RESERVAS ESPECIALES

  • El 1% de las plazas para estudiantes nacionales de países no comunitarios ni del espacio económico europeo que hayan superado la Selectividad en el año en curso o en el inmediatamente anterior.
  • El 3% de las plazas para alumnos que tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.
  • El 1% de las plazas para deportistas de alto nivel.
  • El 1% de las plazas para titulados universitarios. (La preinscripción para el acceso a segundos ciclos universitarios se realizará del 19 al 22 de julio)
  • El 15% de las plazas para estudiantes que hayan superado los estudios de formación profesional.

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6.9.TRASLADO DE EXPEDIENTE

Los alumnos que hayan superado la selectividad en la Universidad de Alcalá e inicien estudios en otra Universidad deberán solicitar el traslado del 19 de julio al 30 de julio en la Sección de Acceso de 9 a 14 horas.

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6.10.MATRICULA DE ALUMNOS DE NUEVO INGRESO

Si el alumno es admitido recibirá la carta de admisión donde se le informará del plazo exacto para formalizar la matrícula.

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6.11.INFORMACION

Esta Universidad de Alcalá dispone de un Centro de Información con el teléfono: 902010555 , a disposición de los alumnos, con el siguiente horario de atención al público: de lunes a jueves de 9 a 14 horas y de 16 a 18 horas y los viernes de 9 a 14 horas.

NOTA. La información ofrecida tiene carácter orientativo, pudiendo estar sujeta a posibles variaciones de última hora.

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7.MATRÍCULA DE 1º Y 2º CICLO
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7.1.PERIODOS DE MATRICULA

La Universidad de Alcalá ofrece a sus alumnos la posibilidad de matricularse en dos periodos dentro del curso académico, de acuerdo con la estructura cuatrimestral que presentan los planes de estudios renovados.

En el primer periodo, los alumnos se matriculan de aquellas asignaturas cuya docencia se imparte durante el primer cuatrimestre o durante todo el curso. En el segundo periodo, los alumnos se matriculan de aquellas asignaturas cuya docencia se imparte durante el segundo cuatrimestre del curso.

Los alumnos que sólo se matriculen de asignaturas de segundo cuatrimestre, deberán formalizar su matrícula en el primer periodo.

Los alumnos que no formalicen su matrícula en los periodos y plazos establecidos, no podrán seguir estudios en la Universidad durante el curso académico, y si se trata de alumnos de nuevo ingreso perderán la plaza adjudicada debiendo de realizar de nuevo el proceso de preinscripción. En el periodo de formalización de matrícula, el alumno deberá cumplir, y justificar documentalmente los requisitos exigidos.

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7.2.MATRICULA DE NUEVOS ALUMNOS

Los alumnos de nuevo ingreso en la Universidad o en los estudios, disponen de un único periodo de matrícula debiendo matricularse de un mínimo de 60 créditos o de un curso completo. Para alcanzar este mínimo se tendrán en cuenta los créditos convalidados, adaptados o reconocidos.

Se exceptúa de lo establecido en el punto anterior la primera matrícula de alumnos que accedan a un segundo ciclo y deban superar complementos formativos. Estos estudiantes se podrán matricular sólo de las asignaturas complementos formativos. En el caso de querer cursar de forma simultánea estos complementos con otras asignaturas propias del segundo ciclo deberán matricularse de un mínimo de 60 créditos.

La matrícula deberá respetar en cualquier caso el régimen de incompatibilidades establecido en el plan de estudios, así como la norma de no poder matricular asignaturas de segundo ciclo en tanto no se tengan superados 50 créditos entre asignaturas troncales y obligatorias del primer ciclo.

[arriba]

 

7.3.MATRICULA DE ALUMNOS QUE SOLICITAN BECA

Los alumnos que soliciten beca disponen de un único periodo de matrícula, debiéndose matricular como mínimo del número de créditos que para cada plan de estudios requiere la convocatoria de becas. El número mínimo de créditos a matricular por los alumnos que soliciten beca de la convocatoria general del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, será el resultado de dividir, el número total de créditos del plan de estudios, exceptuando los correspondientes a libre configuración, entre el número de cursos en que se organizan los estudios.

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7.4.ANULACION DE MATRICULA

Anulación de la matrícula

La Universidad procederá a anular la matrícula en todas las asignaturas de un mismo estudio si una vez validada académicamente, se observan circunstancias que impidan al alumno continuar esos estudios.

No subsanar las deficiencias observadas en la matrícula será motivo suficiente para proceder a anularla de oficio.

La falta de pago del importe total o parcial del precio supondrá la denegación o anulación de la matrícula en los términos y efectos que la Universidad establezca. (art. 9 del Decreto 87/2001, de 21 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se fijan los precios públicos por estudios universitarios para el curso 2001/2002).

No obstante, y previamente a la anulación de matrícula, deberá comunicarse al interesado las circunstancias que motivaron la decisión para que en el plazo de 10 días pueda subsanar las faltas advertidas.

Anulación de matrícula a petición del alumno

Se podrá solicitar la anulación de la matrícula mediante petición razonada ante el Rector de la Universidad hasta el día 30 de octubre. Los alumnos que realicen una matrícula condicionada por estar pendientes de permanencia en otros estudios, deberán solicitar la anulación antes de formalizar la matrícula en los otros estudios. Consecuencias de la anulación de matrícula:
-La anulación de matrícula, de oficio o a instancia del alumno, conlleva para todos los alumnos de nuevo ingreso la pérdida de la plaza adjudicada.
-La anulación de la matrícula, a instancia del alumno dentro del plazo establecido, origina derecho a la devolución de los precios académicos abonados y del seguro escolar.

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8.NORMAS ACADÉMICAS. INFORMACIÓN GENERAL
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8.1.CONVOCATORIA DE EXAMENES

Los alumnos que cursan estudios en un plan no renovado disponen de un total de seis convocatorias de examen para superar una asignatura. Las convocatorias de examen 5ª y 6ª las juzgará un Tribunal.

Los alumnos que cursan estudios en un plan renovado disponen de cuatro convocatorias de examen para superar una asignatura, pudiendo solicitar una 5ª y 6ª convocatoria en caso de ser necesario. Las convocatorias de examen 5ª y 6ª las juzga siempre un Tribunal, pudiendo juzgar también la 4ª convocatoria si el alumno lo solicita. La solicitud de 5ª y 6ª se tramita en las Secretarías de Alumnos, dentro de los 15 días siguientes a partir del cierre de la convocatoria en que se haya agotado la 4ª convocatoria.

La calificación "No presentado" en alguna convocatoria, no se tendrá en cuenta a efectos del cálculo de convocatoria agotadas en una asignatura.

El alumno dispone en cada curso académico de un máximo de dos convocatorias de examen para cada una de las asignaturas de las que se matricule. Las asignaturas cuya docencia se imparte durante el primer cuatrimestre del curso, tendrán convocatoria de examen en febrero y septiembre. Las asignaturas cuya docencia se imparte durante todo el curso o durante el segundo cuatrimestre, tendrán convocatoria de examen en junio y septiembre.

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8.2.CONVOCATORIA ESPECIAL DE EXÁMENES

Planes no renovados

En cada año académico existirá una convocatoria especial de examen en el mes de febrero. A esta convocatoria podrá presentarse cualquier alumno, siempre y cuando la asignatura se encuentre en segunda o sucesivas matrículas.

Los alumnos que cumpliendo los requisitos indicados, deseen presentarse al examen de esta convocatoria especial de febrero, deberán solicitarlo en el momento de formalizar su matrícula.

Presentarse a esta convocatoria especial significa renunciar a una de las convocatorias previstas, en junio o septiembre.

Planes renovados

En cada curso académico existirá una convocatoria especial de examen en el mes de febrero para aquellas asignaturas cuya docencia se imparte durante todo el curso o en el segundo cuatrimestre, y una convocatoria especial en el mes de junio para aquellas asignaturas cuya docencia se imparte en el primer cuatrimestre.

A estas convocatorias podrán presentarse aquellos alumnos a los que no les resten más de tres asignaturas anuales o seis cuatrimestrales para finalizar estudios. Para el cálculo de este cómputo no se tendrá en cuenta la asignatura " Proyecto fin de carrera".

Para poder presentarse a la convocatoria especial de febrero es necesario haber cursado en años anteriores la asignatura. Para poder presentarse a la convocatoria especial de junio, basta con haberla matriculado en el curso actual.

Presentarse a la convocatoria especial de febrero significa renunciar a una de las convocatorias previstas en el curso, bien junio, bien septiembre.

Presentarse a la convocatoria especial de junio significa renunciar a la convocatoria prevista de septiembre.

Los alumnos que cumpliendo los requisitos indicados deseen presentarse a la convocatoria especial de febrero, deberán solicitarlo en el plazo establecido para el primer periodo de matrícula, siendo necesario matricularse en ese periodo de todas las asignaturas que restan para finalizar estudios.

La convocatoria especial de junio se solicita en el plazo del 10 al 20 de mayo, y podrán presentarse a ella aquellos alumnos que cumplan los requisitos indicados una vez finalizada la convocatoria de exámenes de febrero.

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8.3.CONVALIDACIÓN / ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS

La Universidad se ajustará para la adaptación/convalidación de estudios cursados en Centros españoles a lo establecido en el RD 1267/94, de 10 de junio, y a la normativa propia aprobada por el Consejo de Gobierno.

1. Entre estudios conducentes a un mismo titulo oficial, se procederá a la ADAPTACIÓN de:

  • El primer ciclo completo de las enseñanzas universitarias de dos ciclos.
  • Las materias troncales totalmente superadas en el Centro de procedencia.
  • En el caso de asignaturas obligatorias u optativas de Universidad, se podrá realizar la adaptación por asignaturas cuyo contenido y carga lectiva sean equivalentes.
  • Se adaptarán los créditos de libre elección cursados por el estudiante en la Universidad de procedencia.
Las materias y asignaturas adaptadas figurarán con esta denominación en el expediente de la Universidad de destino que, a la hora de emitir una certificación deberá hacer constar las asignaturas o materias que son adaptadas y a solicitud del interesado, librar certificación de las calificaciones que consten en el documento oficial de la Universidad de procedencia.

2. Entre estudios conducentes a distintos títulos oficiales, se procederá a la CONVALIDACIÓN de aquellas asignaturas cuyo contenido y carga lectiva sean equivalentes.

A fin de homogeneizar las calificaciones de las distintas Universidades se establece, la siguiente tabla de equivalencia: Suspenso: 0; Aprobado: 1; Notable: 2; Sobresaliente: 3; Matricula de Honor: 4.

Cuando sea necesario hacer una ponderación de las calificaciones se efectuará siguiendo el criterio siguiente: Suma de los créditos superados multiplicados cada uno de ellos por el valor de la calificación correspondiente, a partir de la tabla de equivalencia del apartado anterior, y dividido por el número de créditos totales de la enseñanza correspondiente. A estos efectos las asignaturas convalidadas tendrán una equivalencia de 1; para las asignaturas adaptadas se computará la calificación obtenida en el Centro de procedencia.

La solicitud de convalidación/adaptación se realizará en un único curso académico. La solicitud se presentará en la Secretaría de Alumnos del Centro del 15 al 31 de octubre y serán resueltas por la Junta de Centro. La resolución podrá ser recurrida ante la Comisión de Convalidaciones en el plazo de un mes a partir de la notificación. Junto con la solicitud, el alumno debe aportar la siguiente documentación:
  • Plan de estudios realizado, expedido o publicado por el Centro correspondiente.
  • Programas sellados de las asignaturas aprobadas y que se encuentren integradas en el plan de estudios cursado.
  • Certificación académica personal en que constarán todas las asignaturas aprobadas con su calificación y convocatorias agotadas, así como mención expresa de que el alumno no ha consumido mas de cuatro convocatorias en ninguna de las asignaturas que le resten por superar.
  • Los alumnos que obtengan la convalidación / adaptación de entre 15 créditos y menos de 50 créditos, habrán consumido un año de permanencia, por tanto, se encontrarán en su segundo año de permanencia, debiendo cumplir el requisito de tener superados finalizado el curso 50 créditos de carga docente.
  • Los alumnos que obtengan la convalidación / adaptación de entre 50 y 90 créditos, habrán consumido un año de permanencia, y el cómputo por encima de dicho número de créditos se realizará a razón de 90 créditos por año, redondeándose por exceso.
  • El reconocimiento de créditos de libre elección computará únicamente a efectos de permanencia, cuando dicho computo sea favorable al alumno de acuerdo con lo dispuesto con los apartados anteriores.
La Universidad se ajustará a lo dispuesto por el RD 69/2000, de 21 de enero, y a la normativa propia aprobada por el Consejo de Gobierno, para resolver las solicitudes de acceso a la Universidad de estudiantes con estudios universitarios extranjeros iniciados.

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8.4.RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS

La Universidad procederá al reconocimiento de créditos:

  • Con independencia del carácter con que fue cursada una materia en la Universidad de Alcalá, sí la misma pertenece al plan de estudios que cursa el alumno, será objeto de reconocimiento con el carácter que establezca el plan de estudios.
  • Las materias cursadas en esta u otra universidad, propias de planes de estudio conducentes a títulos oficiales de primer y segundo ciclo, podrán ser reconocidas como créditos de libre configuración con las limitaciones siguientes:
  • No podrán ser reconocidas aquellas materias cuyos contenidos han sido ya considerados para proceder a convalidar o a adaptar materias del plan de estudios que se cursa.
  • No podrán ser reconocidas aquellas materias de contenido idéntico o muy similar al de materias propias que hayan de cursarse en la titulación correspondiente.
  • No podrán ser reconocidas aquellas materias cursadas cuando estas formen parte de una titulación o de un primer ciclo de una titulación que ha permitido el acceso al segundo ciclo de los estudios actuales, salvo que dichas materias supongan un exceso sobre lo que exige el plan de estudios.
  • En ningún caso, el número de créditos adaptados / convalidados más el número de créditos reconocidos, podrá ser superior al número de créditos cursados por el alumno.
  • Los créditos objeto de reconocimiento figurarán en el expediente académico del alumno con la denominación "reconocidos", y a la hora de emitir certificación académica se harán constar las materias cursadas con su denominación y calificación siempre que así conste en documento oficial expedido por la universidad de procedencia.
  • En aquellos casos en que el origen del reconocimiento sea una materia no valorada en créditos, se procederá a reconocer 9 créditos si la misma se curso con carácter anual y 4,5 créditos si se curso con carácter cuatrimestral.
  • A propuesta de la Junta de Centro, podrá ser objeto de reconocimiento como créditos de libre configuración, la realización de actividades académicas extracurriculares dirigidas por Departamentos de la Universidad de Alcalá, siempre que así lo apruebe el Consejo de Gobierno.
  • A propuesta del Vicerrectorado de Docencia, podrá ser objeto de reconocimiento con carácter de libre configuración, la realización de actividades culturales formativas ofertadas por servicios universitarios y no universitarios en colaboración con la Universidad, cuando así lo apruebe el Consejo de Gobierno.
  • La materialización de estos créditos en el expediente del alumno queda supeditada al abono de los precios correspondientes.
  • Las solicitudes de reconocimiento se presentarán en la Secretaría de Alumnos del Centro del 15 al 31 de octubre y serán resueltas por la Junta de Centro. La resolución podrá ser recurrida ante la Comisión de Convalidaciones en el plazo de un mes a partir de la notificación.
  • Las presentes normas se entenderán sin perjuicio de las disposiciones especificas de los Planes de Estudio sobre la obtención de créditos de libre configuración.


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8.5.ASIGNATURAS OPTATIVAS

Las asignaturas optativas son libremente establecidas por la Universidad e incluidas como tales en el correspondiente plan de estudios.

Cada año académico la Universidad aprueba la oferta docente de materias optativas. Las materias optativas que se oferten por primera vez, mantendrán su oferta el curso siguiente; para el resto de materias optativas la Universidad no tendrá la obligación de renovar su oferta en los cursos siguientes.

La matricula de asignaturas optativas incluidas en los planes de estudio no renovados es susceptible de cambio en cada curso académico. En las nuevas asignaturas matriculadas se computarán las convocatorias agotadas en la asignatura de origen, así como el número de veces matriculado a efectos de aplicación de precios públicos.

La matricula de asignaturas optativas en los planes de estudio renovados es susceptible de cambio en cada curso académico. Cuando en las asignaturas que se abandonan se hayan agotado tres o más convocatorias, estas serán trasladadas a las nuevas asignaturas matriculadas, a efectos de aplicación del régimen de permanencia y aplicación de precios públicos.

Si por razones académicas una asignatura optativa ofertada no pudiera finalmente impartirse, los alumnos matriculados podrán modificar su matricula si desean cursar otra asignatura en sustitución de la anterior.

Las asignaturas optativas excedentarias no superadas, no retrasan en ningún caso la obtención del Titulo cuando hubiera derecho conforme al correspondiente plan de estudios. Una vez solicitado el Titulo, el alumno no podrá realizar nuevas matriculas.

 

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8.6.ASIGNATURAS DE LIBRE ELECCIÓN

La Universidad incluirá en cada plan de estudios un porcentaje en créditos no inferior al 10% de la carga lectiva total, que el alumno aplicará a las materias, seminarios u otras actividades académicas que libremente escoja entre las ofertadas por la Universidad.

En ningún caso podrán ser objeto de libre elección aquellas materias o actividades académicas de contenido idéntico o muy similar al de las materias propias ya cursadas en la titulación correspondiente, ni aquellas otras materias que puedan estar sujetas a prerrequisitos o incompatibilidades.

Se consideraran ofertadas como libre elección todas aquellas asignaturas de planes de estudios renovados de cualquier Centro de la Universidad, con las excepciones previstas en la guía de oferta de libre elección.

Una de estas excepciones afecta a las asignaturas propias de segundo ciclo de aquellas titulaciones que permiten el acceso de alumnos al segundo ciclo, después de haber superado el primer ciclo de una titulación distinta. En este sentido sólo se podrán matricular en estas asignaturas los alumnos que posean la titulación de acceso, por lo tanto no son objeto de oferta de libre elección para el resto de los alumnos.

Las materias definidas como complemento formativo de planes de estudios de primer y segundo ciclo no serán objeto de libre elección; el alumno interesado podrá matricularse en aquellas asignaturas del primer ciclo en las que se imparten los contenidos del complemento formativo. Si podrán ser objeto de libre elección las materias definidas como complementos formativos de planes de estudio de sólo segundo ciclo, sin embargo, la Universidad condiciona la matrícula a la existencia de alumnos de dicha titulación de segundo ciclo matriculados en las mismas.

Los alumnos deberán tener en cuenta que para matricularse en una asignatura de segundo ciclo hay que tener superados al menos 50 créditos entre troncales y obligatorias del primer ciclo.

Cuando el plan de estudios así lo establezca se podrán obtener créditos de libre elección por:

  • Realización de practicas en empresas.
  • Por convenios internacionales.
  • Por la realización de trabajos académicamente dirigidos.
El exceso de créditos de libre elección cursados en el primer ciclo podrá utilizarse en el segundo ciclo con el mismo carácter de libre elección.

El derecho a docencia y examen de estas asignaturas y actividades de formación será exclusivamente para el curso académico en que se oferten, no generando ningún derecho para cursos sucesivos.

Las asignaturas ofertadas como de libre elección están sujetas a un límite de plazas, por lo que el alumno no podrá matricularse en cada año académico de un número de créditos mayor al que establece el plan de estudios, quedando la matricula de estas asignaturas condicionada a la adjudicación definitiva de plaza una vez finalizado el proceso de matricula.

El alumno podrá cambiar en cada año académico la matricula de las asignaturas de libre elección. En las nuevas asignaturas matriculadas se computarán las convocatorias agotadas en las asignaturas de origen cuando éstas sean igual o superior a tres a efectos de aplicación de régimen de permanencia y aplicación de precios públicos.

La oferta de asignaturas de libre elección no implicará para la Universidad la obligación de garantizar la compatibilidad horaria en clases y exámenes.

El exceso de créditos cursados y no superados, no retrasan en ningún caso, la obtención del Titulo cuando hubiera derecho conforme al correspondiente plan de estudios.

 

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8.7.CAMBIO DE ESTUDIOS

Los alumnos que deseen comenzar otros estudios, deberán solicitar plaza mediante el procedimiento de ingreso establecido en la legislación vigente (Preinscripción).

Se establecen dos procedimientos dependiendo de que se solicite plaza para iniciar el primer curso de una titulación, o plaza para acceder a un segundo ciclo de otra titulación a la que se accede por los estudios universitarios previos cursados.

Concedida la plaza en un nuevo estudio, con carácter previo a la matrícula, el alumno deberá solicitar en el Centro de origen, el traslado de su expediente académico.

 

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8.8.SIMULTANEIDAD DE ESTUDIOS

Los alumnos que interrumpieron unos estudios para comenzar otros, y deseen simultanear ambos, podrán solicitar la apertura del expediente al Rector de la Universidad, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener superado el primer curso de los estudios que están cursando.
  • Tener una media por curso académico de al menos 2 puntos en los estudios que están cursando.
  • No tener pendientes de superar más de cuatro asignaturas anuales u ocho cuatrimestrales de la Titulación que están cursando.
En todo caso la autorización para simultanear estudios estará condicionada a que la Universidad que deba tramitar el traslado de expediente, autorice el mismo.

 

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8.9.REGULACIÓN DE LA PERMANENCIA DE LOS ALUMNOS

La normativa de Regulación de la permanencia de los alumnos, fue aprobada por el Consejo social el 15.01.93 y modificada en las sesiones del 1.07.94, 25.11.94 , 24.05.96, 31/1/97 y 20.11.00

Ámbito de aplicación

Las presentes normas, que entrarán en vigor el 1 de octubre de 1.993, sólo se aplicarán a los alumnos que cursen sus carreras conforme a los nuevos Planes de Estudio. A los alumnos matriculados en carreras regidas por los anteriores Planes de Estudio les será de aplicación la normativa anterior sobre permanencia en la Universidad, salvo que cambien a los nuevos planes de estudio voluntariamente o al extinguirse los antiguos.

Convocatorias

1º.- Se mantienen las posibilidades de anulación de convocatorias tal como está previsto en la actualidad por los Estatutos, es decir, anulación automática si el alumno no se presenta.

2º.- El alumno dispondrá de un máximo de cuatro convocatorias por asignatura. En caso de no aprobar la asignatura en la cuarta convocatoria, ello determinará la imposibilidad de continuar los respectivos estudios en esta Universidad.

3º.- En el caso de asignaturas optativas o de asignaturas de libre elección, el alumno dispondrá asimismo de un máximo de cuatro convocatorias, pero no podrá sustituir la asignatura optativa o de libre elección por otra u otras una vez agotada la tercera convocatoria. Si antes de agotar la tercera convocatoria, un alumno cambiara a otra u otras asignaturas optativas o de libre elección, no se le computarán en la nueva asignatura las convocatorias consumidas en la primera asignatura elegida.

4º.- En la última convocatoria, si lo solicita el alumno, y como garantía para éste, el examen deberá ser juzgado por un tribunal.

Otras normas sobre permanencia en la UAH

1º.- El alumno deberá aprobar en su primer año en la Universidad de Alcalá asignaturas que supongan al menos 15 créditos de carga docente.

2º.- Al final del segundo año se le exigirá haber aprobado asignaturas que supongan un mínimo de 50 créditos.

3º.- Titulaciones de primer ciclo y primer ciclo de otras titulaciones: El número máximo de años de permanencia se calculará en función del número de créditos totales, correspondiendo 4 años hasta los 170 créditos, y añadiendo 1 año por cada grupo de 45 créditos de exceso sobre 126, conforme se detalla en la Tabla 1.


Créditos Permanencia años Promedio créditos/años
Desde Hasta Desde Hasta
120 170 4 30 42,5
171 215 4 34,2 43
216 260 6 36 43,3
261 270 7 37,3 38,6


4º.- Titulaciones de primero y segundo ciclo: El número máximo de años de permanencia se calculará en función del número de créditos totales, correspondiendo 8 años hasta los 350 créditos y añadiendo 1 año por cada grupo de 45 créditos de exceso sobre los 306, conforme se detalla en la Tabla 2. No se sobrepasará en ningún caso los 12 años.

Créditos Permanencia años Promedio créditos/años
Desde Hasta Desde Hasta
300 350 8 37,5 43,75
351 395 9 39 43,9
396 440 10 39,6 44
441 485 11 40 44,1
486 540 12 40,5 45


5º.- Titulaciones de segundo ciclo que no corresponda al primero que se haya cursado: Se calculará el número máximo de años de permanencia como en el caso anterior sumando los créditos correspondientes al primero y segundo ciclo y añadiendo, en su caso, los créditos correspondientes a los complementos de formación que se establezcan.

6º.- Titulaciones de sólo segundo ciclo a las que se acceda desde una titulación de primer ciclo: El número máximo de años de permanencia será de cuatro hasta los 170 créditos y de cinco desde 171 hasta 180 créditos.

Créditos Permanencia años Promedio créditos/años
Desde Hasta Desde Hasta
120 170 4 30 42,5
171 180 5 34,2 36

 

7º.- Se podrá admitir una prórroga excepcional de un año como máximo para completar el primer ciclo, en el supuesto de que se haya superado al menos el 80 % de los créditos correspondientes. Igual excepción existirá para el segundo ciclo si no se ha utilizado para el primero tales prórrogas. Necesitarán el informe favorable de la Junta de Centro elevado al Rector, quien, conforme al mismo, dictará la resolución.

8º.- Cada año contará como medio en el caso de que conste la situación del alumno de simultanear sus estudios con un trabajo oficialmente acreditado de 3 meses como mínimo a jornada completa o tiempo equivalente durante el curso o con los estudios de otra carrera universitaria. Sobre la acreditación del trabajo decidirá el Vicerrectorado de Docencia y Estudiantes con el concurso de los Decanos o Directores de Centro que parezca conveniente por razón de los casos. La misma regla se aplicará si se acredita que el servicio militar o la prestación social sustitutoria, que deba realizar el alumno durante el curso, ha supuesto un tiempo suficiente que dificulte o impida la realización del curso en las mismas condiciones que en el caso de un trabajo acreditado.

9º.- Se admite la posibilidad de no contabilizar el año en caso de enfermedad grave (de duración superior a 3 meses), personal o de algún familiar muy próximo y que conviva en el domicilio, certificada documentalmente. La resolución corresponderá al Rector o, por delegación, al Vicerrectorado de Docencia y Estudiantes.

10º.- Con carácter general, se interpreta que sólo cuentan como años de permanencia aquellos en que el alumno haya formalizado efectivamente su matrícula.

Disposiciones transitorias

1ª.- A los alumnos que se hayan matriculado en nuevos planes de estudios, inicialmente o procedentes de planes antiguos, antes del 1 de octubre de 1.993, se les tendrá en cuenta dicha fecha como comienzo del plazo a efectos de convocatorias y años de permanencia no computándoseles el tiempo y las convocatorias consumidos en el nuevo plan de estudios antes del 1 de octubre de 1.993.

2ª.- El cómputo de años para los alumnos que pasen a los nuevos planes de estudios voluntariamente o al extinguirse los antiguos, se hará suponiendo que los créditos que les hayan sido convalidados han sido obtenidos en el número mínimo de años, a razón de 90 créditos por año, redondeándose por exceso.

3ª.- A los alumnos que, procedentes de planes antiguos se hayan matriculado en un nuevo plan de estudios y se les hayan computado en éste menos de 15 créditos por las asignaturas cursadas en el plan antiguo, se considerará que no han consumido ningún año a los efectos de estas normas.

4ª.- Mientras subsistan en esta Universidad planes de estudio antiguos, se podrá aplicar a los mismos la cláusula de salvaguardia prevista en el Apartado V de estas normas.

Cláusula de salvaguardia

El Consejo Social, a la vista de la información de que disponga sobre situaciones excepcionales no previstas en los apartados anteriores, adoptará las disposiciones que juzgue pertinentes para hacer frente a las mismas, siempre dentro del espíritu de esta normativa y como garantía para los estudiantes.

Notas

1.- Un crédito equivale a 10 horas lectivas (teóricas o prácticas).

2.- El primer ciclo puede tener una duración de dos o tres años con una carga docente mínima de 60 créditos por año, siendo la máxima 90 créditos, la carga docente total variará desde un mínimo de 120 créditos a un máximo de 270 créditos. No obstante, las titulaciones de primer ciclo deben tener un mínimo de 180 créditos.
La aplicación de la norma anterior da como resultados los años de permanencia y promedio de créditos por año que figuran en la Tabla 1 para las titulaciones de primer ciclo y el primer ciclo de otra titulaciones (ver III.3º).

3.- El segundo ciclo puede durar 2 años, ó 3 años cuando el primero haya sido de sólo 2 años; para Medicina se tiene la excepción de 2 ciclos de 3 años. La carga docente varía desde 60 créditos a 90 créditos por año. La carga docente total para titulaciones de primero y segundo ciclo resulta comprendida entre 300 y 450 créditos, con un máximo excepcional de 540 para Medicina, y en las titulaciones de sólo segundo ciclo se debe encontrar entre 120 y 180 créditos. En las Tablas 2 y 3 (ver III.4º y 6º) se obtiene el resultado de aplicar la norma arriba indicada para las titulaciones de primero y segundo ciclo y para las titulaciones sólo de segundo ciclo.

4.- La exigencia de haber aprobado al menos 50 créditos al final del segundo año intenta evitar el que resten demasiados créditos para los últimos años del primer ciclo. La situación más difícil que se podría dar, sería la de un primer ciclo de 170 créditos (4 años de permanencia), con 120 créditos como máximo para los dos últimos si en los dos primeros sólo se hubiera superado el mínimo de 50 créditos.

Tercer ciclo

Debe mantenerse la situación actual regulada por los correspondientes decretos y normas complementarias.

Procedimiento

Todas las solicitudes o reclamaciones de alumnos relativas a la aplicación de estas Normas de permanencia se tramitarán ante el Vicerrectorado de Docencia y Estudiantes, que resolverá. No obstante, en los casos de solicitud de aplicación de la cláusula de salvaguardia (V), el Vicerrectorado elevará al Consejo Social para su resolución la solicitud, acompañada, en su caso, del informe que estime oportuno.


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ANEXO

CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA DE SALVAGUARDIA DE LAS NORMAS DE PERMANENCIA CON CARÁCTER TRANSITORIO
(Aprobados por el Pleno del Consejo Social de 26.01.96, 22.03.96 y 24.05.96)

Se aprueban los siguientes criterios de aplicación de la cláusula de salvaguardia de las Normas de Permanencia de los alumnos en la Universidad de Alcalá, con carácter transitorio, hasta que se proceda a una revisión de las Normas de Permanencia, que el Consejo Social se compromete a efectuar intentando unificar la regulación del número de convocatorias con la de las otras Universidades de Madrid:

1º) Respecto de la aplicación de la cláusula de salvaguardia prevista en las normas en cuanto a la cuestión de si han "agotado convocatoria" a efectos de las normas de permanencia alumnos a los que se han conceptuado como suspensos en las actas de determinadas asignaturas por no haber superado las prácticas, no habiéndose presentado a examen final:

2º. La situación de sobrecarga de trabajo para los alumnos creada por los nuevos planes de estudios se considera como una situación excepcional a efectos de la cláusula de salvaguardia. Por ello, con el carácter transitorio indicado al principio de este acuerdo, se concederá una 5ª y 6ª convocatorias a aquellos alumnos que hayan agotado la 4ª, previa solicitud individual al Vicerrectorado de Docencia.

3º. En todos los casos en que se conceda una 5ª y 6ª convocatorias el examen deberá realizarse mediante tribunal.

4º. Se fija como fecha límite para que los alumnos soliciten la concesión de una 5ª y 6ª convocatorias o cualquier otra excepción prevista en las normas de permanencia, 15 días naturales a contar desde la fecha de cierre oficial de las actas, válida para el caso de agotar la 4ª convocatoria en los exámenes de junio o septiembre, o, para el caso de agotar la 4ª convocatoria en exámenes de febrero, la del 31 de marzo de cada año; o, si le fuera más favorable al alumno, la de la fecha de terminación de un plazo de 15 días naturales a contar desde la publicación de las actas.


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EXPEDICIÓN DE TÍTULOS

¿Cómo puede obtener una certificación supletoria de título, tanto oficial como propio de esta universidad?

La certificación supletoria del título, tanto oficial como propio de la Universidad de Alcalá, es un documento que se expide firmado por el Rector y que surte los mismos efectos del Título mientras éste se expide, una vez iniciados los trámites de solicitud y abono del mismo.
Para obtenerla únicamente debe:

1. Solicitarlo a la Sección de Títulos
La solicitud a la Sección de Títulos la podrá hacer:

2. Envío de la certificación supletoria.
Una vez recibida la solicitud, y comprobado que la expedición del título se encuentra en tramitación, se confeccionará la certificación supletoria y se le enviará a la dirección indicada.

¿Cómo puede obtener la expedición de un duplicado de título, tanto oficial como propio de esta universidad, tras un extravío o robo?

Debe seguir los siguientes pasos:

1. Solicitud a la Sección de Títulos
La solicitud a la Sección de Títulos la podrá hacer:

Por escrito se le facilitará el texto del anuncio que debe insertar en el Boletín Oficial del Estado.

2. Contratar un anuncio en el B.O.E.
La comunicación al B.O.E. del contenido del anuncio que desea insertar se puede realizar de dos maneras: Para efectuar el pago del anuncio puede optar por: Una vez efectuado el pago, el B.O.E. procederá a la publicación del anuncio. 3. Solicitud a la Secretaría de la Facultad o Sección de Estudios Propios (según el tipo de título)
Transcurrido el plazo de un mes, desde la publicación del anuncio en el B.O.E., deberá solicitar la expedición del duplicado del título en la Secretaría de la Facultad en la que cursó los estudios oficiales (Ingeniería, Licenciatura, Diplomatura) o en la Sección de Estudios Propios (en el caso de Master, Especialización, etc.). Deberá adjuntar fotocopia del anuncio publicado en el B.O.E.


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